En el Artículo 28 , igualmente se expresa el derecho de los trabajadores con relaciones de trabajo temporal o con duración determinada, a una vigilancia periódica de su estado de salud, en los términos establecidos en el Artículo 22 y en sus normas de desarrollo. No contempla ninguna diferenciación https://sparedirectory.com/listings272620/se-desconoce-detalles-sobre-seguridad-y-salud-en-el-trabajo-carrera