2.º Se entenderá como «peligro laboral» la posibilidad de que un trabajador sufra un determinado daño derivado del trabajo. Para catalogar un riesgo desde el punto de apariencia de su gravedad, se valorarán conjuntamente la probabilidad de que se produzca el daño y la severidad del mismo. El empresario https://chelwoodg454ctk4.salesmanwiki.com/user